Prohibido el fuego y el tránsito de vehículos a motor en el Parque Natural de las Sierras Subbéticas hasta el 15 de octubre

Se recomienda a la ciudadanía extremar las precauciones durante sus visitas al parque y colaborar activamente en la protección del entorno natural. Durante estos meses no está permitido realizar barbacoas, ni siquiera en zonas habilitadas como áreas recreativas o de acampada. Tampoco se podrán llevar a cabo quemas agrícolas ni de restos vegetales
Fuego Palenciana
photo_camera Foto de archivo

Con motivo del período de alto riesgo de incendios forestales en Andalucía, desde el 1 de junio y hasta el 15 de octubre queda prohibido el uso del fuego y el tránsito de vehículos a motor en los espacios forestales del Parque Natural de las Sierras Subbéticas y su área de influencia.

Durante estos meses no está permitido realizar barbacoas, ni siquiera en zonas habilitadas como áreas recreativas o de acampada. Tampoco se podrán llevar a cabo quemas agrícolas ni de restos vegetales, independientemente del tipo de terreno. Estas restricciones tienen como objetivo evitar incendios que, en una época especialmente sensible por las condiciones meteorológicas adversas, podrían ocasionar daños irreparables al ecosistema.

La normativa, establecida por la Junta de Andalucía, contempla algunas excepciones bajo autorización expresa de la delegación territorial de la Consejería competente, como la realización de determinadas labores profesionales o científicas debidamente justificadas.

En cuanto a la circulación de vehículos a motor, solo estará permitida en situaciones concretas, como el uso de servidumbres de paso, servicios de emergencia, extinción de incendios, actividades ecoturísticas autorizadas o celebraciones tradicionales como romerías.

Se recomienda a la ciudadanía extremar las precauciones durante sus visitas al parque y colaborar activamente en la protección del entorno natural. En caso de detectar comportamientos negligentes o sospechosos, se recuerda que pueden ser denunciados a través del teléfono de emergencias 112.

Estas medidas son esenciales para preservar la riqueza ecológica y paisajística de uno de los espacios protegidos más emblemáticos de la provincia de Córdoba.

¿Qué prohibe esta norma?

Con esta norma se pretende evitar que cualquier negligencia pueda provocar un incendio forestal durante la época en la que existe un alto riesgo de incendio.

La prohibición afecta a:

  • La quema de vegetación natural y residuos agrícolas y forestales, así como al uso del fuego para la preparación de alimentos, que tampoco podrá realizarse en zonas de acampada o zonas recreativas que estén acondicionadas para ello.
  • La circulación de vehículos a motor fuera de la red de carreteras.

Ambas prohibiciones se circunscriben a todos los terrenos forestales y zonas de influencia forestal, que son los terrenos no forestales (agrícolas y urbanos) situados a menos de 400 metros de los forestales.

¿Existen excepciones?

Las prohibiciones citadas admiten una serie de excepcionesprevia solicitud:

  • Uso del fuego: se permite su uso para barbacoas en establecimientos turísticos y restaurantes rurales, preparación de alimentos en campamentos juveniles educativos, y hornos y calderas de destilación con carácter tradicional, previa solicitud y autorización por parte de las Delegaciones Provinciales de Medio Ambiente.
  • Circulación de vehículos: Se permite, sin necesidad de autorización, cuando se circule para actividades de gestión de las fincas rurales y vigilancia de incendios o medioambiental. Como novedad, también se permite la circulación en romerías tradicionales y acceso a infraestructuras públicas.