Los cordobeses podrán recoger setas silvestres hasta el próximo 31 de mayo de 2026

La Junta regula esta práctica en terrenos forestales y limita un máximo de 5 kilos de setas por persona y día
Recogida de setas. (Imagen de archivo).
photo_camera Recogida de setas. (Imagen de archivo).

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado hoy la regulación de recogida de setas en terrenos forestales de la provincia de Córdoba, una práctica que estará permitida hasta el 31 de mayo de 2026. La recogida de setas en la provincia de Córdoba es una actividad tradicional en algunos municipios, que en los últimos años ha despertado un interés creciente, según ha informado el delegado de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Rafael Martínez.

El responsable territorial ha defendido la necesidad de una normativa que evite episodios de recogida incontrolada y abusiva que pueda ocasionar daños al medio ambiente, y en particular a nuestras poblaciones de setas para garantizar su persistencia y capacidad de regeneración.

La recogida en los montes públicos pertenecientes a la Junta de Andalucía será gratuita, aunque se podrá restringir el acceso por razones de seguridad, por actividad cinegética o por trabajos relacionados con el mantenimiento y gestión. No obstante, quienes deseen practicar esta actividad deberán comunicarlo al Ayuntamiento del municipio donde se encuentre localizado el monte.

En el caso de los montes públicos de la provincia gestionados por la Junta de Andalucía, la recogida seguirá siendo gratuita, salvo que “expresamente se advierta lo contrario en el Plan Anual de Aprovechamientos en vigor”. En los montes municipales, regirán las disposiciones que apruebe cada Ayuntamiento, mientras que en los terrenos particulares la recogida quedará supeditada a la autorización de sus propietarios.

El texto establece que la recogida de setas no conllevará alteración de la capa superficial del suelo. Por ello, se prohíbe expresamente el empleo de rastrillos, escardillas o azadas, ya que su uso puede producir daños en el micelio de los hongos e impedir la aparición de nuevos ejemplares en el futuro.

También queda prohibida la recolección de setas inmaduras, y deberán respetarse las no comestibles o en mal estado, ya que todas ellas desempeñan una útil función ecológica.

De igual modo, no se permite la recogida durante las horas nocturnas. Los horarios de salida y puesta del sol, establecidos por el Instituto Geográfico Nacional, podrán consultarse en la web:
👉 http://astronomia.ign.es/hora-salidas-y-puestas-de-sol

Tampoco estará permitido el empleo de linternas ni de otras fuentes de luz artificial.

Las cestas u otros elementos de transporte deberán permitir la aireación y dispersión de esporas. Además, queda prohibida la circulación de vehículos campo a través, perturbar a la fauna con ruidos o aproximaciones, así como abandonar residuos en el monte.

El incumplimiento de estas condiciones constituirá una infracción administrativa, que dará lugar a la apertura del correspondiente expediente sancionador y al decomiso de las setas recolectadas.