Tribunales

LUCENA. Un juzgado condena al ayuntamiento a pagar 30.000 euros a un agente de policía por un caso de acoso laboral

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Córdoba declara la nulidad del acuerdo de la Junta de Gobierno Local que desestimó la reclamación del agente y estima parcialmente la demanda de este, que solicitó una indemnización de 60.000 euros.

POLICIA LOCAL
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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Córdoba ha estimado parcialmente el recurso presentado por un agente de la Policía Municipal de Lucena contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lucena que desestimaba la reclamación patrimonial presentada a finales de 2017 por el agente, por una cuantía de 60.000 euros "por el daño moral sufrido desde que accedió al puesto de Oficial de la Policía Local de Lucena por parte de su superior jerárquico ... que provocaron una situación de baja laboral y posterior declaración de incapacidad permanente total para su profesión, que fue revisada finalmente por mejoría, lo que le ha permitido reincorporarse al mismo puesto que desempeñaba pero con adscripción provisional.

El demandante consideraba en su recurso, que esta situación de "coacción" y acoso laboral no solo le ocasionó un daño personal, sino también económico y profesional, con la consiguiente pérdida de ingresos durante la baja y la incapacidad permanente e imposibilidad de promocionar.

El juzgado entiende que tras la valoración de las pruebas e informes "debe entenderse acreditada" la situación de acoso, lo que unido a la ausencia de contestación a la demanda por parte del ayuntamiento, determina la nulidad del acuerdo de la Junta de Gobierno local que desestimaba la reclamación económica del agente, adoptando la decisión de estimar el recurso presentado por este último.

No obstante, el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Córdoba considera "difícil" cuantificar el daño causado, por lo que "por entender desmesurada la cantidad reclamada, teniendo en cuenta que el demandante ha recuperado su puesto de trabajo y ha mejorado en su situación personal, se considera más adecuada la cantidad de 30.000 € más los intereses legales desde la fecha de la reclamación administrativa"

El asunto fue revelado en la pasada sesión plenaria por el portavoz del PP, Francis Aguilar, que durante el turno de ruegos y preguntas interrogó al alcalde, Juan Pérez, sobre las razones por las que el consistorio no contestó en tiempo y forma la demanda. Además Aguilar preguntó si se va a recurrir esta decisión judicial, que todavía no es firme y contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y "si se van a pedir responsabilidades por este caso de acoso laboral y mobbing"